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Los infieles no podrán solicitar el divorcio en el país

  • Foto del escritor: EstefaAguirreN
    EstefaAguirreN
  • 22 jun 2017
  • 1 Min. de lectura

POR CARACOL RADIO

La sala plena de la Corte Constitucional le dijo no a los infieles que quieren divorciarse. Con una votación 8 a 1 los magistrados decidieron dejar tal cual como está el artículo 156 del actual Código Civil, que establece que solamente las personas víctimas de la infidelidad pueden solicitar legalmente el divorcio y tienen un año como plazo para pedirlo.

La sala tumbó la demanda que buscaba entre otros qué situaciones como la violencia intrafamiliar, las relaciones sexuales extra matrimoniales, el uso habitual de sustancias alucinógenas y la embriaguez habitual fueran causales de divorcio. Además los infieles deberán seguir pagando una cuota alimentaria a la pareja víctima de la infidelidad.

La demanda buscaba cambiar esas causales considerando el derecho a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad del infiel.

Textualmente la demanda señalaba que "No se justifica prohibir al ‘cónyuge culpable’ acceder al divorcio, pues ello implicaría impedirle escoger y determinar su existencia, realizar su vida, escoger su estado civil, lo cual evidencia que esta disposición es contraria a sus derechos".



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